Hacen lugar al pedido de la defensa de Parisi y le conceden la prisión domiciliaria
Policiales18/10/2024La Unidad Fiscal integrada por los fiscales penales Mariana Torres, Daniela Murúa y Carlos Alberto Salinas, había solicitado a fines de septiembre ante el Juzgado de Garantías N° 1 del Distrito Judicial Norte de Orán, a cargo del juez Raúl López, la inmediata detención de Parisi.
De esta manera el 3 de octubre Parisi fue notificado en su domicilio desde donde salió sin oponer resistencia, y en todos estos días estuvo alojado en la comisaría de Hipólito Yrigoyen.
Con las domiciliarias otorgadas la semana anterior a quienes están imputados junto a Parisi, el ex intendente de Aguas Blancas, Carlos Alfredo “Conejo” Martínez, y Roberto Ortega Serrano, abogado, ahora se suma la del magistrado.
La defensa
En diálogo con Nuevo Diario, quien encabeza la defensa de Parisi, el abogado Guillermo Alberto, señaló que ya se hizo efectiva la domiciliaria con los recaudos de custodia que corresponden, esto es, con los dispositivos electrónicos, pulsera y custodia de la policía.
Alberto basó el pedido en que los delitos que se le imputan a su cliente “son todos excarcelables”.
Es de suponer que no pasará mucho tiempo más para que desde el Ministerio Público Fiscal se reitere el pedido de revocatoria por la domiciliaria que el juez de Garantías 1 Fernando López otorgara.
Por otra parte, el defensor de Parisi insistió en señalar que “existen más irregularidades” en lo que a la causa se refiere.
En la acusación que se le efectuó se señala “el manejo irregular de varios casos por parte del magistrado, lo cual se plasmó en decisiones contradictorias, arbitrariedades en la concesión de beneficios infundados a personas imputadas por hechos graves y, en algunos casos, reiterados”.
Mientras tanto, la investigación continúa con la diferencia que los tres acusados esperarán hasta ahora el juicio penal, con prisión domiciliaria.
Pedido de revocatoria
La Unidad Fiscal apeló la sentencia, notificada el pasado 10 de octubre, de domiciliaria para Martínez y Ortega Serrano.
Considera que la decisión del magistrado parte de un grave error en la interpretación del art., 386 del C.P.P.S, porque se limita a exponer como requisito a la afectación de la libertad la probable aplicación de la pena privativa de la libertad y no alcanzó a entender que la postura fiscal busca evitar otros riesgos. En el caso del imputado Ortega, el riesgo concreto de entorpecer la investigación, y por el lado de Martínez se le suma también la posibilidad de la aplicación de una pena de cumplimiento efectivo en atención a sus antecedentes condenatorios.
También se señala que la prisión preventiva fue solicitada debido al peligro de entorpecimiento con fundamentos claros que detallan la conducta obstructiva de Ortega Serrano, quién en oportunidad de ser allanado en otra investigación, evitó el secuestro de su celular.
Fuente: Nuevo Diario de Salta